Economía doméstica

Invertir en vivienda: tú también puedes comprar acciones en Bolsa

Comprar una vivienda para alquilarla se ha popularizado como la única vía de inversión en vivienda entre la gente de a pie. Sin embargo, nada más lejos de la realidad. Existe otra gran fórmula, incluso más rápida y sencilla de invertir en el sector inmobiliario en busca de rentabilidad: la Bolsa.

¿Sabías que cualquiera puede comprar acciones de una Socimi o de una promotora de viviendas? Pues así es. Actualmente, las Socimis son probablemente el valor bursátil más atractivo del sector inmobiliario; mientras que las promotoras inmobiliarias son las compañías llamadas a ofrecer unos márgenes mayores. ¿Y cómo puedes proceder a la compra de acciones? Basta con ir a tu banco de confianza y solicitarlo.

iva impuesto primera viviendaLa entidad financiera te abrirá una cuenta de valores a través de la que podrás operar y adquirir títulos de Socimis o de promotoras cotizadas –como, por ejemplo, AEDAS Homes–. A través de esta cuenta podrás ordenar tú mismo las operaciones o, si lo prefieres, confiarlas directamente en el servicio de bróker del banco.

La inversión puede efectuarse desde una única acción y las compras pueden realizarse a precio de mercado, al precio al que esté cotizando la sociedad en ese instante, o a través de órdenes limitadas cuando el precio de un título llegue a una determinada cotización.

Las ventas también pueden fijarse al momento –se materializan siempre el día siguiente a la orden a las 15 horas– o de manera automática. En este segundo caso, las ventas se ejecutarán cuando el precio de la acción toque un determinado valor.

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El banco se lleva una comisión por estas gestiones, mientras que los inversores están sujetos a retenciones en el IRPF por los beneficios que hayan obtenido. En función de la ganancia –bien sea por dividendos o por venta de acciones–, la retención será mayor o menor:

  • Los primeros 6.000 euros de beneficio están sujetos a una retención del 19 %.
  • Las ganancias de entre 6.001 y 50.000 euros están sujetas a una rentención del 21 %.
  • Los beneficios de más de 50.000 euros están sujetos a una retención del 23 %.

Evidentemente, toda inversión conlleva riegos. Nadie tiene una bola de cristal para saber qué ocurrirá en los valores de Bolsa, pero tampoco quienes compran para alquilar tienen asegurada la rentabilidad –impagos, destrozos, periodos sin inquilinos, etc.–.

ventajas obra nuevaTampoco hay que olvidar que la adquisición de un piso y su posterior alquiler son operaciones que tributan y pagan impuestos. Por la compra se paga el ITP o IVA y la propiedad tributa en el IRPF. Además, los propietarios deben hacer frente a tasas, costes de mantenimiento, impuestos –siendo el IBI el principal de ellos–, etc. Por el alquiler, los ingresos están sujetos a una retención en el IRPF.

La rentabilidad bruta de una vivienda para destinarla al arrendamiento ronda el 10 % –revalorización más ingresos por alquiler– y el margen en Bolsa puede ser mucho mayor, ya sea vía dividendos o precio de las acciones. Ya se sabe: a mayor riesgo mayor rentabilidad.

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