La fiscalidad es uno de los aspectos que más dudas genera cuando se transmite un inmueble. Sin embargo, en la venta de vivienda para mayores de 65 años, la normativa contempla importantes ventajas que pueden reducir considerablemente la carga tributaria.
Conocer los beneficios fiscales de una vivienda aplicables en estos casos es fundamental para planificar correctamente la operación y evitar pagar más de lo necesario en los impuestos de venta para vivienda.
Exención para mayores de 65 en el IRPF por venta de vivienda habitual
Uno de los principales incentivos fiscales es la exención para mayores de 65 en el IRPF por venta de vivienda cuando se trata de la vivienda habitual.
Esto significa que, si una persona tiene 65 años o más en el momento de transmitir su vivienda habitual, la ganancia patrimonial obtenida no tributa en el Impuesto sobre la Renta.
Para aplicar esta exención deben cumplirse dos requisitos:
- Tener 65 años o más en la fecha de la venta.
- Que el inmueble transmitido tenga la consideración de vivienda habitual.
Si se cumplen estas condiciones, no es necesario reinvertir el importe obtenido en otra vivienda, algo que sí se exige en otros supuestos para contribuyentes menores de esa edad.
Este es, sin duda, uno de los grandes beneficios fiscales de la vivienda para este colectivo.
¿Qué se considera vivienda habitual?
Para que opere la exención para mayores de 65, la vivienda debe haber constituido la residencia habitual del contribuyente.
A efectos fiscales, se considera vivienda habitual aquella en la que el propietario ha residido de forma efectiva y continuada durante, al menos, tres años. También pueden admitirse excepciones cuando existan circunstancias justificadas que obliguen al cambio de domicilio, como jubilación, dependencia o traslado por motivos personales relevantes.
Cumplido este requisito, la venta de vivienda para mayores puede realizarse sin que la ganancia patrimonial tribute en el IRPF por venta de vivienda.
¿Qué ocurre si no es la vivienda habitual?
Es importante distinguir entre vivienda habitual y segunda residencia.
Si la persona mayor de 65 años vende un inmueble que no ha sido su residencia habitual, la operación sí estará sujeta a los impuestos de venta para vivienda, concretamente al IRPF, por la ganancia patrimonial generada.
En ese caso, la tributación se calculará conforme a los tipos aplicables a la base del ahorro.
Por tanto, la clave para aplicar los beneficios fiscales de una vivienda radica en que el inmueble tenga la consideración fiscal de vivienda habitual.
¿Qué debes saber sobre la plusvalía para mayores de 65?
Uno de los errores más comunes es pensar que la exención para mayores de 65 se aplica a todos los impuestos relacionados con la venta.
Sin embargo, es necesario diferenciar entre:
- IRPF por venta de vivienda.
- Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía municipal).
La plusvalía para mayores de 65 no está automáticamente exenta por razón de edad. Este impuesto depende del incremento del valor del suelo y se gestiona a nivel municipal.
Existen situaciones en las que puede no existir incremento real y, por tanto, no haya que pagar, pero no se trata de un beneficio fiscal general vinculado a la edad del vendedor.
Por eso, al analizar los impuestos de venta para vivienda, es fundamental estudiar ambos tributos de forma independiente.
Otros beneficios fiscales de la vivienda para mayores de 65 años
Además de la exención por transmisión de la vivienda habitual, la normativa fiscal contempla otra ventaja relevante.
Las personas mayores de 65 años pueden excluir de tributación la ganancia patrimonial obtenida por la venta de cualquier bien, no solo vivienda habitual, si el importe se destina a constituir una renta vitalicia asegurada, dentro de los límites establecidos por la normativa.
Este mecanismo amplía los beneficios fiscales de la vivienda y patrimoniales disponibles para este colectivo, permitiendo una planificación más eficiente del patrimonio.
Impuestos de venta para vivienda: planificar antes de transmitir
Antes de formalizar la venta de vivienda para mayores, conviene revisar:
- Si el inmueble cumple el requisito de vivienda habitual.
- La fecha exacta en la que se cumplen los 65 años.
- El posible impacto de la plusvalía municipal.
- La existencia de cargas o circunstancias especiales.
Una correcta planificación permite aprovechar plenamente la exención para mayores de 65, optimizar el IRPF por venta de vivienda y evitar errores en los impuestos de venta para vivienda.
Fiscalidad y ventajas en la venta de vivienda para mayores
La normativa actual contempla importantes beneficios fiscales de vivienda para quienes tienen 65 años o más.
En términos generales:
- La vivienda habitual puede quedar exenta en el IRPF por venta de vivienda.
- No es obligatorio reinvertir el importe.
- La plusvalía debe analizarse de forma independiente, ya que no existe exención automática por edad.
Conocer estas reglas permite afrontar la venta de vivienda para mayores con mayor seguridad y claridad, protegiendo el patrimonio y evitando cargas fiscales innecesarias.









